Tribunal Constitucional de Bosnia y Herzegovina dictaminó que la imposición de mascarillas y restricción de circulación violan derechos fundamentales: #Impreciso

El Tribunal Constitucional de Bosnia y Herzegovina, el pasado 22 de diciembre en su sesión número 120, sostuvo que la imposición del uso de mascarillas y la restricción de circulación representan una violación a los derechos fundamentales de las personas. Sin embargo, no decretó que las medidas fueran retiradas, por ello, Fast Check CL catalogó el enunciado como impreciso.

El Tribunal Constitucional de Bosnia y Herzegovina, el pasado 22 de diciembre en su sesión número 120, sostuvo que la imposición del uso de mascarillas y la restricción de circulación representan una violación a los derechos fundamentales de las personas. Sin embargo, no decretó que las medidas fueran retiradas, por ello, Fast Check CL catalogó el enunciado como impreciso.


Por Paula Altamirano O.

Desde el Tribunal Constitucional de Bosnia y Herzegovina se sostuvo que la medida obligatoria sobre el uso de mascarillas y la restricción de circulación por parte del Ministerio de Sanidad, implica una violación a los derechos fundamentales de las personas, según lo expuesto en la Constitución del país y en la Convención Europea para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales.

No obstante, las medidas no pudieron ser revocadas por el Tribunal. En vez de eso, determinó un plazo para que estas puedan ser establecidas dentro del marco de la ley.

La noticia en español

Esta no es la primera vez que Fast Check CL verifica una publicación del portal español Mpr21, ya que anteriormente desmentimos otra noticia relacionada al Tribunal de Apelación de Lisboa y el fin del confinamiento en Portugal.

El post realizado por Mpr21 fue compartido el 29 de diciembre del 2020, bajo el título de “Las mascarillas y la restricción de movimientos violan los derechos fundamentales, dictamina el Tribunal Constitucional de Bosnia”. A partir de esto es que indagamos el origen de la información en cuestión.

Lo dicho por el Tribunal Constitucional

El 22 de diciembre de 2020 en Bosnia y Herzegovina, un país de la península balcánica en el sureste de Europa, se levantó una sesión en el Tribunal Constitucional para debatir sobre los efectos de las restricciones en materia de pandemia del Covid-19.

Imagen del mapa de Bosnia y Herzegovina, y sus países colindantes. Fuente: Google Maps

Y es que a raíz del aumento de contagios en la zona, el 10 de noviembre del 2020 el Ministerio de Sanidad del país europeo introdujo las medidas de: mascarilla obligatoria y toque de queda desde las 23 PM hasta las 5 AM.

A partir de eso, abogados de la capital de Bosnia y Herzegovina, Sarajevo, encabezados por la abogada Nina Kisic, presentaron un recurso de apelación ante el Tribunal Constitucional, solicitando que se reconsideraran las medidas restrictivas, al representar una falta a las libertades personales y familiares.

De esta forma, en la sesión 120º del Tribunal, se conversó el tema y se concluyó, a través de un documento oficial, llamado AP 3683/20, lo siguiente:

“La prohibición de circulación y el uso obligatorio de máscaras protectoras son una injerencia en los derechos humanos y las libertades fundamentales garantizados por la Constitución de Bosnia y Herzegovina y el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos”.

Tribunal Constitucional de Bosnia y Herzegovina.

La abogada Nina Kisić apela, por su parte, que esta discusión es una tendencia positiva puesto que se han adoptado decisiones similares en tribunales de Estrasburgo, Berlín y Praga. 

 Nina Kisić, abogada de Sarajevo.

¿Por qué serían inconstitucionales las medidas?

El documento entregado por el Tribunal y su página web, consignan que se trata de una falta a la Constitución, ya que esta avala las libertades y la protección de los derechos humanos de sus ciudadanos, cuestión que se ve mermada con las medidas del Ministerio.

Así, enfatizan:

“En este caso particular, hay violaciones al derecho a la privacidad y la libertad de circulación, las cuales fueron cometidas por órdenes de segmentos restringidos del poder ejecutivo sobre el uso obligatorio de máscaras protectoras y restricción de circulación”.

Tribunal Constitucional de Bosnia y Herzegovina.

Replican el hecho de que el Ministerio haya tomado una decisión entre cuatro paredes: “No hubo participación activa de las máximas autoridades legislativas y ejecutivas en la adopción y revisión de las medidas ordenadas”.

Un dictamen en “veremos”

No se habla de un dictamen oficial o concreto, lo cual quiere decir que las restricciones aún se mantienen. Así lo confirma el Centro de investigación de globalización (CRM) y otras notas de la prensa local, aparte del documento oficial (AP 3683/20).

El Tribunal Constitucional no revocó las órdenes mencionadas porque debe respetar la ley de la Convención Europea, según la cual el Estado puede tomar ciertas decisiones sobre cómo proteger a los ciudadanos.

No obstante, el Tribunal enfatiza en que mientras tales medidas no estén prescritas por la ley y no haya una participación integral entre diferentes representantes del Estado, estas vulneran los derechos de las personas.

El Ministerio aludido, por su parte, está dispuesto a colaborar, según lo estipulado en la nota de CRM: “Después de recibir y analizar el razonamiento de la decisión, dentro de su competencia, (el Ministerio) tomará medidas para aplicar la decisión del Tribunal Constitucional de Bosnia y Herzegovina”.

De esta forma, el Tribunal Constitucional otorgó un plazo de 30 días desde el pronunciamiento de la decisión para que las autoridades ejecutivas y legislativas federales adopten un nuevo acto legal de medidas sanitarias y las pongan en vigencia.

Te puede interesar:

El correo del rector (s) de la Usach donde se traza la hoja de ruta por la compra del Instituto Arcos

Fast Check accedió a un correo electrónico enviado por el rector subrogante de la Universidad de Santiago de Chile (Usach), Juan Escrig, en el que se detalla el proceso de una eventual compra del Instituto Arcos, iniciativa que ha generado reticencias al interior de la casa de estudios. En la misiva, firmada por Escrig y acompañada de una presentación en formato PDF, se sostiene que: «Algunos sectores han buscado tergiversar la realidad con fines particulares».

Recambio en Azul Azul: el recorrido de los nuevos rostros del directorio que buscan apuntalar a la “U”

La junta de accionistas de Azul Azul se extendió por cerca de cuatro horas y concluyó con la designación de Cecilia Pérez como presidenta -quien ya formaba parte del directorio desde 2022- y la incorporación de Francisco Aylwin y José Miguel Insulza al directorio. Insulza llegó tras el inicio de la sesión en el Centro Deportivo Azul, donde no participó del arranque abierto a la prensa. El nuevo directorio sigue la misma estructura de tres bloques: el sector vinculado a Sartor, el grupo Correa y los representantes de la casa de estudios.

Monto de $12,5 millones por ración de alimento que afirmó subsecretario de Hacienda corresponde a caso particular de 2022, no al costo a nivel nacional

El subsecretario de Hacienda, Juan Pablo Rodríguez, afirmó que en 2019 «una ración de alimento le estaba costando al Gobierno de Chile 12,5 millones de pesos». Fast Check calificó esto como #Engañoso. Si bien hubo un caso específico en que una licitación resultó en un costo promedio de 12,5 millones por ración, esto ocurrió solo en la región de O’Higgins, por lo que no corresponde al valor a nivel nacional.

Alberto Cerda, director de CE3: “No es claro cómo una modificación en la ley de propiedad intelectual para IA se relacione con la denominada reconstrucción nacional”

En entrevista con Radar, Alberto Cerda, director del Centro de Estudios en Derecho, Tecnología y Sociedad (CE3) de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, aborda la incorporación de la propuesta sobre inteligencia artificial y propiedad intelectual en el proyecto de megarreforma impulsado por la administración de José Antonio Kast. La iniciativa —cuyo contenido ya había sido rechazado durante el gobierno de Gabriel Boric— vuelve así al debate legislativo.

Últimos chequeos:

Monto de $12,5 millones por ración de alimento que afirmó subsecretario de Hacienda corresponde a caso particular de 2022, no al costo a nivel nacional

El subsecretario de Hacienda, Juan Pablo Rodríguez, afirmó que en 2019 «una ración de alimento le estaba costando al Gobierno de Chile 12,5 millones de pesos». Fast Check calificó esto como #Engañoso. Si bien hubo un caso específico en que una licitación resultó en un costo promedio de 12,5 millones por ración, esto ocurrió solo en la región de O’Higgins, por lo que no corresponde al valor a nivel nacional.

El correo del rector (s) de la Usach donde se traza la hoja de ruta por la compra del Instituto Arcos

Fast Check accedió a un correo electrónico enviado por el rector subrogante de la Universidad de Santiago de Chile (Usach), Juan Escrig, en el que se detalla el proceso de una eventual compra del Instituto Arcos, iniciativa que ha generado reticencias al interior de la casa de estudios. En la misiva, firmada por Escrig y acompañada de una presentación en formato PDF, se sostiene que: «Algunos sectores han buscado tergiversar la realidad con fines particulares».